martes, 13 de diciembre de 2022

YA SE PUEDEN RECLAMAR LAS MULTAS DEL SEGUNDO ESTADO DE ALARMA DECLARADO INCONSTITUCIONAL

 

Se trata de las multas por desobedecer el toque de queda, los coninamientos territoriales o los encuentros de más de seis personas entre octubre del 2020 y mayo del 2001

DEVOLUCIÓN DE MULTAS COVID EN CATALUÑA

La Generalitat de Cataluña devolverá el importe de las sanciones que recaudó durante el segundo estado de alarma por la pandemia de coronavirus entre el 25 de octubre de 2020 y el 9 de mayo de 2021, según una resolución publicada por el Diari Oficial de la Generalitat de Cataluña (Dogc).

La resolución, presentada el 5 de diciembre, se ha publicado este lunes en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC) y ha sido firmada por el consejero del Departamento de Salud, que se hará cargo de la devolución de las multas. 

En el documento se informa que "se revocan determinadas sanciones" impuestas en el Real Decreto 926/2022, de 25 de diciembre, que declaró por primera vez el estado de alarma por contener la propagación de la covid.

La devolución no será automática y tendrá intereses La devolución de los importes se hará con intereses, debiendo solicitarla los afectados en el apartado de Trámites de la web oficial de la Generalidad de Cataluña, donde deberán comunicar los datos bancarios para optar a la devolución de las multas.

El ingreso tampoco será automático, sino que se realizará una vez la Administración haya verificado que se cumplen los requisitos para el retorno del importe de la sanción.

Se trata de todas aquellas multas que se pusieron por infringir las medidas de control de la pandemia como los confinamientos territoriales, las limitaciones al derecho de reunión y el toque de queda, entre otros.

Los ingresos obtenidos se declararán indebidos, se devolverán y, además, el Gobierno añadirá "el interés legal" del dinero devengado entre la fecha del pago efectivo de la sanción y la fecha en que se proponga el pago de la devolución de la sanción.

 Las personas interesadas en una devolución deben comunicar sus datos bancarios a través del formulario de comunicación de datos bancarios disponible en el apartado Trámites de la página web de la Generalitat.


RESOLUCIÓN SLT/3840/2022, de 5 de diciembre, por la que se revocan determinadas sanciones impuestas en el marco del Real decreto 926/2020, de 25 de octubre, y se acuerdan otras actuaciones.


Para ello, se pone a disposición de todas las personas interesadas un formulario para que puedan comunicar los datos bancarios donde desean recibir el importe de la sanción abonada. Devolució de les sancions covid del Departament d’Interior.


Formulario: 

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