miércoles, 8 de junio de 2022

NUEVA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA EN DEFENSA DEL CLIENTE FINANCIERO

Esto es lo que había hasta ahora:


Es el órgano que tiene por objeto proteger los derechos del usuario de servicios financieros dentro del ámbito de competencias del Banco de España, motivo por el que no se incluyen en su labor la supervisión de las operaciones de seguros o los fondos de pensiones.

Desarrolla las siguientes funciones:

- Atender las quejas o reclamaciones que los usuarios presenten frente a los servicios prestados por las entidades de crédito autorizadas, sociedades de tasación, establecimientos de cambio de moneda autorizados para realizar operaciones de venta de billetes extranjeros y cheques de viajero o gestión de transferencias en el exterior.

- Remitir a los servicios de supervisión correspondientes aquellos expedientes en los que se aprecien indicios de incumplimiento o vulneración de normas de transparencia y protección de la clientela.

- Asesorar a los usuarios de los servicios financieros sobre sus derechos en materia de transparencia y protección a la clientela, así como sobre los cauces legales existentes para su ejercicio.

Dónde reclamar

Para la admisión y tramitación de reclamaciones ante el Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Financieros será requisito imprescindible acreditar haber formulado previamente, reclamación o queja por escrito, al departamento o servicio de atención al cliente o, en su caso, al Defensor del Cliente de la entidad reclamada.

No se podrá dar traslado de una reclamación al Comisionado para la Defensa del Cliente cuando se encuentre pendiente de resolución ante órganos administrativos, arbitrales o judiciales.

Legislación relacionadaLey 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible: artículos 29 y 31.


Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero: artículos 22 a 31.


Real Decreto 303/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los comisionados para la defensa del cliente de servicios financieros.


Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.

La nueva figura:




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