Hay muchas acciones que pensamos que son inofensivas o a las que no damos la importancia que realmente tienen según la ley. Por ejemplo, sacudir la alfombra o el mantel por la ventana se considera ensuciar el espacio público y es una infracción leve que conlleva multa de hasta 750 euros.
Estas sanciones varían levemente en según qué comunidad autónoma. En Madrid, por ejemplo, dar de comer a animales en la calle conlleva una multa de entre 751 y 1.500 euros. Al igual que sacudir la alfombra, se interpreta como ensuciar el espacio público y, en la capital, es una infracción grave, como también lo es no recoger las heces de las mascotas.
Del mismo modo, la mayoría de ciudades que regulan la gestión de residuos prevé sanciones por abandonar basura dispersa o cualquier residuo fuera de los lugares habilitados para ello, así como no separarlos correctamente en los contenedores o puntos de recogida o incumplir los horarios de depósito de residuos.
Hay que tener especial cuidado a la hora de dejar fuera del contenedor el envase de un paquete con la dirección, ya que podrían rastrearla y sancionar al destinatario del mismo. El Ayuntamiento de Madrid estipula multas que pueden llegar hasta los 750 euros. Si se trata de muebles, electrodomésticos, contenedores o sacos de obra, la multa ascendería a los 1.500. También está sancionado manipular papeleras, cubos y contenedores, sobre todo volcarlos y causar suciedad. Del mismo modo, es sancionable rebuscar o extraer residuos.
Dejar botellas después de una fiesta está igualmente sancionado con multas de 1.501 a 3.000 euros. Está prohibido "el abandono de residuos derivados del consumo de bebidas y comidas en concentraciones de carácter lúdico o botellones". Una conducta derivada de las fiestas en la calle, como es hacer necesidades fisiológicas en la vía pública o escupir, está prohibido por la ley.
En el artículo 76 de la Ley de tráfico y Seguridad Vial se recoge otra infracción relacionada con el medio ambiente consistente en arrojar un papel o colilla por la ventilla del coche. Esta infracción grave conlleva una multa de 200 euros y la retirada de 4 puntos del carné de conducir. Si además esa colilla provoca un incendio forestal, se estaría incurriendo en un posible delito.
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